¿Desempleado? Utiliza el dinero de tu AFORE

Enero 25 de 2014

Perdiste tu trabajo y necesitas apoyo económico, tienes la posibilidad de retirar una cantidad de laAdministradora de Fondos para el Retiro (AFORE), te ayudará a solventar los gastos inmediatos. Éste retiro por desempleo lo pueden realizar todos lo trabajadores que su cuenta individual tenga al menos tres años de cotización, anteriormente eran 5 años de cotización, pero cambió con la aprobación de la propuesta de Felipe Calderón como parte del Acuerdo Nacional a favor de la economía nacional y el empleo.

 

Con este cambio, los trabajadores que quedaron desempleados a partir del primero de octubre de 2008 y que antes del 27 de mayo de 2009 hayan ejercido el retiro parcial por desempleo, pueden solicitar la diferencia entre la cantidad recibida  y la que tengan derecho de acuerdo con las modificaciones a la ley.

La cantidad que puedes retirar es mínimo de 30 días y máximo 90 días del último salario base de cotización, siempre y cuando estés en situación de desempleo, al menos con 46 días a partir del último día trabajado. Los trabajadores que tengan 5 años o más con su cuenta individual pueden elegir el monto a retirar entre La cantidad que resulte menor entre:

  • 90 días del salario base de cotización promedio de las últimas doscientas cincuenta semanas
  • El 11.5% del saldo de la subcuenta de retiro cesantía en edad avanzada y vejez.
  • 30 días de su último salario base de cotización con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal.

Puedes acceder a este beneficio cada 5 años, además es necesario tengas en cuenta que al hacer uso de este beneficio se te descontarán semanas de cotización, pero al reintegrarte de nuevo al área laboral puedes reponer los recursos en la cuenta individual y recuperar las semanas cotizadas que hayan sido descontadas.

¿Cómo tramitar el retiro por desempleo?

Como titular de la cuenta individual con el derecho y cumpliendo los requisitos para tramitar la ayuda por desempleo, el primer paso, es acudir la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que te corresponde, en razón de tu domicilio después del día 46 a partir de que te quedaste sin empleo con la siguiente documentación:

  • Dos últimos estados de cuenta que proporciona la administradora de fondos para el retiro.
  • Identificación oficial con fotografía y firma del asegurado (credencial para votar, cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, cédula profesional). Documentos que contengan el número de seguridad social.

Deberás llenar y firmar la solicitud de Certificado de Baja para el Retiro por desempleo que ahí te proporcionarán, y esperar dos días hábiles para obtener la certificación.  Una vez que te den la certificación de baja, debes ir a la AFORE que te corresponde a solicitar tus recursos.

En la Administradora de Fondo para el Retiro (AFORE) para solicitar tus recursos, debes llenar la solicitud de Transparencia o Disposición de Recursos que ahí mismo te proporcionarán, y presentaras la certificación de baja emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), debes presentar cualquier documento que acredite tu registro y tu identificación oficial. Después de esos tramites, recibirás de tu Administradora la parte de tu ahorro que corresponda.

Recuerda que las semanas de cotización, que te fueron descontadas al utilizar tu fondo de ahorro puedes recuperarlas en el futuro realizando aportaciones totales o parciales a la Subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez.


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